El alcalde de Sant Josep de sa Talaia, Vicente Roig, ha declarado no estar de acuerdo con esta norma y ha asegurado que se trabajará para que la distribución de tasas sea la más adecuada en un futuro
El Pleno del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia ha aprobado en la sesión extraordinaria celebrada esta mañana una modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida y eliminación de basuras. Un incremento establecido por parte del Estado a través de la Ley 7/2022, de 8 de abril de residuos y suelos contaminantes que establece la obligación de que las entidades locales dispongan de una tasa o, en su caso, una prestación patrimonial de carácter público no tributaría, diferenciada, no deficitaria y específica para los servicios a prestar en relación con los residuos de su competencia.
El alcalde de Sant Josep de sa Talaia, Vicente Roig, ha insistido en que el equipo de gobierno “no estamos de acuerdo con esta norma, pero nos vemos obligados a cumplir la ley”. Asimismo, ha asegurado que “no vamos a desistir en luchar al revertirla”.
Roig también ha destacado que la falta de datos con que cuenta el Ayuntamiento para calcular una tasa justa que refleje el consumo real por persona teniendo en cuenta el número de residentes por cada inmueble ha supuesto una dificultad, puesto que el 60% del padrón no tiene referencia catastral, ni el valor catastral está actualizado en el suelo rústico.
Tampoco se han podido considerar otros parámetros como el consumo de agua, puesto que existe un número considerable de pozos en zona rural que impide recoger datos fidedignos. Sin embargo, ha asegurado que el equipo de Gobierno realizará las gestiones oportunas para que en un futuro la distribución de tasas sea la más adecuada.
Por todo ello, se ha optado por utilizar la superficie de la vivienda como base imponible, al entender que existe una correlación entre la dimensión de la casa y la generación de residuos, así como la capacidad económica de los propietarios, tal y como establece la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid 2/2012.
En relación con los datos de referencia para los cálculos económicos sobre los costes e ingresos previstos para el año 2025 del servicio de recogida y tratamiento de residuos, se han empleado datos reales de los servicios provenientes de los años 2023 y 2024:
- Servicio de recogida de residuos (UTE SE VEDRÀ): Coste del servicio 2024 a precios 2023 aprobado por Pleno de 20 de diciembre de 2023.
- Costes de Tratamiento de residuos (UTE GIREF): Costes de Explotación y Retorno de las Inversiones correspondientes al Programa y plan de explotación del servicio de gestión de residuos prestado en el Área Ambiental de Ca na Putxa para el año 2023 aprobado por el Consejo y Regularización del Programa de Explotación 2023.
- Costes de tratamiento de otros residuos: Costes de tratamiento de residuos municipales especiales con otros gestores autorizados de residuos del año 2023.
- Datos de Canon de Vertido y Emisiones: Estimación de los costes de 2024 a partir de los datos disponibles para el año 2023 del canon de vertido y estimación del nuevo canon de emisiones de 2024 realizada por el Consell d’Eivissa a través de ‘UTE GIREF.
- Costes de personal: Costes de parte del personal municipal que trabaja en tareas relacionadas con la gestión de residuos.
- Red Insular de Puntos Limpios: Aportación anual del Ayuntamiento de Sant Josep a la Mancomunidad de Servicios Públicos Insulares para la gestión de la Red Insular de Puntos Limpios incorporada en el presupuesto aprobado por la corporación para el año 2023.
- Ingresos por recogida selectiva – SCRAP: Ingresos derivados de la gestión de envases ligeros, papel-cartón, envases de vidrio del año 2023 por parte de los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Compartida del productor – SCRAP (ECOEMBES y ECOVIDRIO).
De esta forma, se han excluido los costes de la limpieza viaria, así como de la limpieza de playas, al considerarse servicios que debe asumir el Ayuntamiento a través de otras partidas diferenciadas.
En cuanto a las bonificaciones que contempla la modificación de la tasa reguladora encontramos la que afecta a los pensionistas, que será el 40% de la cuota, siempre que los ingresos familiares no superen en 2,5 veces el último valor publicado del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Asimismo, las familias numerosas o monoparentales tendrán una bonificación del 30%, siempre que no se dé la casuística anterior.
Por último, por aportaciones a los puntos limpios, la tasa reguladora contempla una reducción del 15%, siempre que igualen o superen el número de 7 aportaciones.
Por otra parte, en lo que se refiere a las bonificaciones a comercios y otras actividades, se tendrá en cuenta la implantación de un sistema de gestión ambiental (EMAS o ISO 14001) y ésta será del 10%.
Finalmente, cabe destacar que en los próximos días se iniciará el período de exposición pública, durante el cual se pueden realizar las alegaciones pertinentes.