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Sant Josep informa desfavorablemente la solicitud a la Dirección de Costas y Litoral de instalar un quiosco en la playa de Es Bol Nou

14 junio, 2024

El informe de los técnicos de Litoral y Playas recuerda que, debido al riesgo de desprendimientos, se acordó eliminar las instalaciones de servicios de temporada existentes en esta playa.

La propuesta de resolución también contempla agravios comparativos con otras licitaciones y la falta de elementos que incumplen las normas higiénico-sanitarias vigentes.

El Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia informa que la Junta de Gobierno celebrada hoy, viernes 14 de junio, ha dado su visto bueno al informe técnico del área de Litoral y Playas, dependiente de la concejalía de Medio Ambiente, Sostenibilidad y Litoral, donde se informa desfavorablemente la petición de un promotor remitida a la Dirección de Costas y Litoral de instalar un quiosco en la playa de Es Bol Nou.

Entre las condiciones técnicas que justifican este posicionamiento cabe destacar que la zona litoral de Es Bol Nou se encuentra rodeada por un acantilado compuesto por tierras arcillosas, habiéndose producido deslizamientos y desprendimientos del terreno que pueden suponer un riesgo para los bañistas presentes en la zona.

Por estos motivos, ya hace años que el Ayuntamiento, de conformidad con la Demarcación de Costas en las Islas Baleares, por cuestiones de seguridad acordó eliminar las instalaciones de servicios de temporada existentes en esta playa y se han instalado, tanto por parte de la Demarcación de Costas como por el Ayuntamiento, carteles informativos del peligro de desprendimientos y acotaciones de los espacios de mayor riesgo para evitar la concentración de visitantes en estos lugares.

Paralelamente, el informe también describe que el Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas, establece en la sección segunda, dentro del régimen de utilización de las playas, la posibilidad de ocupar con establecimientos expendedores de comidas y bebidas desmontables tramos naturales de las playas teniendo en cuenta que la distancia entre estos establecimientos no podrá ser inferior a 300 metros.

En este caso, a menos de 100 metros de la ubicación propuesta para el quiosco, en la parte superior de la playa, donde se encuentra el parking por vehículos y donde comienza el acceso a la zona de playa, se encuentra un restaurante que realiza un servicio análogo a lo solicitado por la peticionaria.

Asimismo, la Ley 22/1988, de 28 de julio de Costas coincide con una mayor eficiencia de una gestión municipal estableciendo, en su artículo 53, que las autorizaciones que tengan como finalidad la explotación de los servicios de temporada en las playas, que sólo requieran de instalaciones desmontables, serán otorgadas a los Ayuntamientos que lo soliciten.

En este caso, el plan de distribución de instalaciones de temporada municipal determinó la instalación de dos quioscos desmontables en el litoral municipal en las playas de Punta Xinxò y de Cala Codolar. La adjudicación de la explotación de estos quioscos se ha realizado a través de una licitación pública en igualdad de condiciones para todos los posibles interesados, que iría en detrimento de una adjudicación directa, que es lo que se estaría solicitando en ese momento y que supondría un agravio comparativo respecto a los licitadores que participaron en el procedimiento de licitación pública realizado por el Ayuntamiento.

Más allá de todo esto, en el informe también constan otras consideraciones técnicas como que la solicitud de empleo no contempla la instalación de ningún baño hecho que incumple el cumplimiento de las normas higiénico-sanitarias vigentes por este tipo de establecimientos e impediría la posterior obtención de los títulos habilitados pertinentes para realización de la actividad.

Desde el equipo de gobierno de Sant Josep de sa Talaia se quiere trasladar su intención de no incrementar el número de estas instalaciones, considerando que las actuales son más que suficientes para atender a nuestros residentes y visitantes.