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Una sentencia confirma la sanción de 341.305 euros impuesta por el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia a la promotora de unas obras ilegales que reiteradamente incumplen las órdenes de paralización

21 diciembre, 2020

Una sentencia del juzgado del Contencioso–administrativo 1 de Palma ha confirmado la actuación del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia en el caso de unas obras ilegales detectadas en un espacio protegido del municipio en el área de sa Serra den Calaveras. La sentencia, que se puede recurrir en apelación, confirma la sanción impuesta a la promotora, de 341.305, a la vez que desestima el recurso de esta empresa para que se anulara o rebajas esta multa. Así mismo, la condena al pago de las costas del procedimiento hasta una cantidad de 1.000 euros.

La sentencia rechaza el recurso presentado por la empresa promotora, que se oponía al expediente sancionador iniciado desde el Ayuntamiento el 2018 a raíz de considerar que se habían hecho obras sin licencia consistentes en la construcción de dos volúmenes anejos, uno de 170 metros cuadrados y un segundo de 150 m², además de un depósito de agua de unos 75 m², una piscina de 100 m².

Con estas magnitudes, la valoración de las obras realizadas sin autorización se cuantificó en 390.063 euros por parte de los servicios urbanísticos municipales aplicando el baremo del Colegio de Arquitectos de Baleares. Y todo esto en una área des Cubells protegida como suelo forestal.

El recurso de la promotora, vinculada a otras obras irregulares en el municipio, discutía la valoración hecha de las obras pero el juez valora que no va a aportar pericial alternativa alguna ni colaboró con el Ayuntamiento para establecer con mayor concreción los hechos denunciados. También argumentaba que no estaba justificado que se le aplicara una sanción corresponden al grado máximo de infracción porque el Ayuntamiento no había acreditado que se dictaran órdenes para parar las obras y que estas hubieran sido ignoradas, una consideración que el juez descarta relatando la cronología de los hechos y las diversas inspecciones que se hicieron a las obras, con los obstáculos que posó la promotora a la comprobación de los hechos que se estaban produciendo a la finca denunciada.

Así, el juez considera probada la «inobservación de las medidas cautelares de suspensión acordadas» y coincide con el Ayuntamiento al considerarlo una agravante. Según el relato de los hechos, que reproduce la sentencia, el 12 de abril de 2016 se ordena la paralización de los trabajos y el 27 de abril se comprueba por parte del celador de obras que los trabajos continúan. El 4 de mayo se notifica el precinto de las obras decretado unos días antes y se informa de una próxima visita de la inspección municipal acompañada de la fuerza pública.

Las inspecciones a la finca continuaron en diciembre del mismo año y nuevamente se comprobó en varias fechas que los trabajos seguían sin respetar los reiterados decretos de paralización. Incluso se relata un episodio ocurrido el 26 de diciembre cuando en una visita policial, los tres operarios sorprendidos en la azotea del inmueble huyen sin atender las órdenes de los agentes. Tampoco se atendieron las órdenes de precinto de enero del año siguiente, que en febrero se comprueba que han sido retirados sin autorización.

El teniente de alcalde de Urbanismo, Angel Luis Guerrero, ha valorado una sentencia que «confirma el buen trabajo que se ha hecho desde los servicios urbanísticos, que han aplicado el ordenamiento con rigor, como ha apreciado el juez de instancia y esperamos que también se confirme ante un eventual recurso». Guerrero ha recordado con «satisfacción como vemos reiteradamente que la justicia viene a dar la razón a los juristas del Ayuntamiento, el que prueba la calidad profesional de los que trabajan en esta casa».

También ha insistido que, en el caso de las infracciones urbanísticas, a menudo derivan en largos procedimientos a los tribunales «pero aunque la resolución de los casos sea lenta, desde el Ayuntamiento los llevamos hasta allá donde haga falta para que las infracciones no queden impunes».