Servicios Sociales comunitarios básicos
¿QUIEN SOMOS?
Los servicios sociales comunitarios básicos son el primer nivel de atención para dar cobertura a las necesidades sociales básicas de la población. Nuestra finalidad es obtener el nivel más alto posible de bienestar social así como favorecer el pleno desarrollo de las personas de nuestro municipio.
¿QUIÉNES TRABAJAMOS?
En los servicios sociales comunitarios básicos del Ajuntament de Sant Josep de sa Talaia trabajamos un equipo multidisciplinario formado por:
– Trabajadoras Sociales
– Educadoras Sociales
– Auxiliares Administrativas
– Trabajadoras Familiares
– Psicóloga
¿A QUIEN DIRIGIMOS NUESTROS SERVICIOS?
Nuestros servicios van dirigidos a toda la población en general residente en el municipio de Sant Josep de sa Talaia.
¿QUÉ QUEREMOS CONSEGUIR?
- Promover la integración social de la ciudadanía y favorecer una mejoría en sus condiciones de vida.
- Dar soporte y colaborar en la resolución de problemas y/o conflictos de las personas y grupos que estén en situación de necesidad.
¿QUÉ HACEMOS?
- Información, orientación, valoración y movilización de recursos.
- Prestaciones y actuaciones de soporte a la unidad de convivencia y de ayuda a domicilio.
- Prestaciones, actuaciones y medidas de alojamiento alternativo.
- Prestaciones y actuaciones de prevención e inserción social.
- Recursos complementarios para la cobertura de necesidades de subsistencia.
- Fomento de la solidaridad y cooperación social.
¿QUÉ PROGRAMAS Y SERVICIOS OFRECEMOS?
- Tramitación de ayudas para la cobertura de necesidades básicas.
- Programa de intervención socioeducativa con personas inmigrantes. La finalidad de este programa es mejorar la acogida, la integración, ocupación, vivienda y acceso a los recursos de la población inmigrante de nuestro municipio.
- Programa dirigido a prevenir y actuar sobre las necesidades de las familias más desfavorecidas de nuestro entorno.
- Programa de intervención socioeducativa para jóvenes en riesgo de exclusión social ALTER.
- Programa de intervención socioeducativa con menores y familia. PISEMIF: Programa para prevenir el absentismo y el fracaso escolar, se trabaja conjuntamente con los profesionales de los centros educativos.
- Servicio de ayuda a domicilio (SAD) Este servicio se dirige a familias que tienen a su cargo personas que se encuentran en una situación de especial necesidad por falta de autonomía personal. El servicio constituye todo un conjunto de actuaciones dirigidas a facilitar el desarrollo o mantenimiento de la autonomía personal, prevenir o retrasar el deterioro individual o social y promover condiciones favorables en las relaciones familiares de convivencia contribuyendo de esta manera a la integración, sea personal, psicosocial, doméstico y asistencial.
- Teleasistencia. El servicio de Teleasistencia domiciliaria está dirigido principalmente a personas mayores que viven, o pasan gran parte del día, solas en sus domicilios, a personas con discapacidad física, a personas con problemas de movilidad y a enfermos crónicos. El servicio permite al usuario, tan solo apretando un botón, ponerse en contacto verbal “manos libres” con un centro de atención donde será atendido las 24 horas del día y los 365 días al año.
- Servicio de comida a domicilio
¿QUÉ TRÁMITES REALIZAMOS?
Informe de disponibilidad de vivienda.
Las personas que quieran tramitar reagrupación familiar deben solicitar un informe expedido por la corporación local, del lugar de residencia del reagrupante. Este informa ha de constatar si la persona solicitante dispone de una vivienda suficiente para éste y su familia en el cual ha de figurar la siguiente información: dirección, tipo de vivienda, régimen de tenencia, superficie, habitaciones, condiciones de equipamientos y estado de conservación.
Documentación informe de disponibilidad de vivienda
– Permiso de trabajo y residencia del reagrupante.
– Documentación de los familiares con los que convive.
– Documentación del reagrupante.
– Contrato de alquiler.
– Último recibo del alquiler pagado
Informe de Inserción Social Municipal.
Las personas que quieran tramitar la residencia temporal por razones de arraigo deben solicitar un informe expedido por la Corporación Local del lugar de residencia. Este informe debe manifestar si queda acreditado el arraigo de la persona solicitante en el municipio y debe incluir la siguiente información: datos personales, tiempo de permanencia en España, medios de vida de los que dispone, grado de conocimiento de las lenguas oficiales, grado de inserción en las redes sociales del entorno, programas educativos o de formación laboral en los que haya participado y otras circunstancias de interés
Documentación informe de inserción social
– Pasaporte completo.
– Justificantes que acrediten la permanencia continuada en España durante los últimos 3 años (preferentemente certificados de empadronamiento).
– Compromiso de contratación firmado por el solicitante y el empresario con una duración mínima de un año.
– Certificado bancario indicando el saldo actual y media del último trimestre.
– Justificantes que acrediten participación en actividades/entidades sociales.
– Justificantes que acrediten la participación en programas educativos o de formación laboral del interesado o de los familiares directos.
– Contrato de alquiler o autorización de uso de la vivienda.
Tarjetas de movilidad reducida
Las personas que ostenten la condición legal de minusválidos y que, además tengan acreditados graves problemas de movilidad, ya que tienen temporalmente o permanentemente limitada la capacidad de desplazarse, podrán acceder a la obtención de una tarjeta de aparcamiento que da derecho a utilizar las plazas de aparcamiento reservadas por los ayuntamientos a personas con movilidad reducida.
Requisitos
– Estar empadronado en el municipio.
– Grado de discapacidad del 33% y movilidad reducida de 7 puntos.
Documentación
– D.N.I. o N.I.E.
– Acreditación del grado de discapacidad y de problemas de movilidad mediante un informe emitido por la Dirección General de Atención a la Dependencia del Govern de les Illes Balears
– Fotografia del interesado tamaño carnet
APORTAR ORIGINAL Y FOTOCOPIA DE TODOS LOS DOCUMENTOS
ENLACES A:
Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres